Cambios en "DISPOSICIONES FINALES.-"
Título (Castellano)
- +DISPOSICIONES FINALES
Cuerpo (Castellano)
-
+
Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia, a partir de su promulgación en el Registro Oficial.
Segunda.- Quedan derogadas todas las disposiciones legales, resoluciones y ordenanzas dictadas con anterioridad y que se opongan a la presente.
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