TÍTULO V – PREVENCIÓN EN SALUD MENTAL
Art. 17.- Enfoque de la prevención. La prevención en salud mental se desarrollará bajo un enfoque integral, comunitario, participativo e intersectorial, orientado a reducir los factores de riesgo y fortalecer los factores protectores individuales, familiares y comunitarios, con especial atención a niñas, niños, adolescentes y adultos mayores.
Art. 18.- Responsabilidad institucional. La Mesa Técnica de Salud Mental del cantón Cuenca impulsará, coordinará y articulará, en el ámbito de sus competencias, las estrategias de prevención en salud mental con las instituciones públicas, privadas, la academia y los actores sociales. Asimismo, promoverá acciones de seguimiento, monitoreo y evaluación para fortalecer la mejora continua de las intervenciones implementadas.
Art. 19.- Participación comunitaria. Se promoverá la participación activa de la comunidad en las acciones de prevención mediante espacios de diálogo, procesos de capacitación, campañas, actividades comunitarias y otras estrategias que fortalezcan la corresponsabilidad social en el cuidado y promoción de la salud mental.
Art. 20.- Seguimiento y evaluación. La Mesa Técnica de Salud Mental establecerá mecanismos de seguimiento y evaluación periódica de las acciones preventivas implementadas, con el fin de medir sus resultados, fortalecer la mejora continua y presentar recomendaciones para la actualización del Plan Integral de Salud Mental.
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