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Cambios en "CAPÍTULO VI ESTRUCTURA INSTITUCIONAL"

Título (Castellano)

  • +CAPÍTULO VI ESTRUCTURA INSTITUCIONAL

Cuerpo (Castellano)

  • +

    Artículo 15. Programa Municipio Saludable

    Se crea el Programa Municipio Saludable, responsable de:

    · coordinación intersectorial

    · monitoreo de indicadores

    · elaboración de informes técnicos

    · preparación de procesos de certificación

    · seguimiento a planes de acción.

    Artículo 16.- Comité Intersectorial de Municipio Saludable.- Créase el Comité Intersectorial de Municipios Saludables como instancia de coordinación, articulación, seguimiento y apoyo a la implementación de la presente ordenanza, integrado por representantes de las dependencias municipales competentes, empresas públicas, entidades adscritas, instituciones públicas vinculadas y actores comunitarios. Su integración, funcionamiento, periodicidad de sesiones, mecanismo de convocatoria, quórum y adopción de decisiones se regularán en el instrumento administrativo que se emita para el efecto. Podrá sesionar de manera ordinaria y extraordinaria.

    Artículo 17.- Financiamiento.- La implementación del Programa Municipio Saludable se financiará con cargo al presupuesto institucional del Gobierno

    planificación anual, disponibilidad presupuestaria y normativa aplicable. Podrán además gestionarse recursos provenientes de cooperación interinstitucional, asistencia técnica, convenios y otros mecanismos legales de financiamiento. La presente ordenanza no crea tributos ni obligaciones económicas adicionales para la ciudadanía.

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