Cambios en "TÍTULO VIII PROCESO COACTIVO "
Título (Castellano)
- +TÍTULO VIII PROCESO COACTIVO
Cuerpo (Castellano)
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Art. 98.- PROCESO COACTIVO.- El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Cuenca, ejercerá jurisdicción coactiva para el cobro de las obligaciones económicas no cumplidas, que deriven de la aplicación de la presente Ordenanza. Para el efecto deberá establecerse la coordinación correspondiente entre la Comisión de Gestión Ambiental y demás dependencias municipales.
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