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Cambios en "TÍTULO I DE LAS GENERALIDADES"

Título (Castellano)

  • +TÍTULO I DE LAS GENERALIDADES

Cuerpo (Castellano)

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    Capítulo I

    Ámbito, Finalidad, Objeto, y Principios

    Artículo 1.- Ámbito.- La presente Ordenanza regula el Sistema de Participación Ciudadana del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca y su gestión en el marco de sus competencias, conforme a lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización y otras normas afines del ordenamiento jurídico vigente.

    Esta ordenanza es de aplicación obligatoria en todo el territorio del cantón Cuenca y regula las instancias, espacios, mecanismos, procesos y niveles de participación ciudadana en relación con la gestión pública del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, sus empresas públicas y entidades adscritas.

    Artículo 2.- Finalidad. -  La presente Ordenanza tiene por finalidad garantizar el ejercicio efectivo, directo y corresponsable del derecho a la participación ciudadana en la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de las políticas públicas, planes, programas, proyectos y presupuestos gestionados por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, en concordancia con los principios y disposiciones establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización.

    Artículo 3.- Objeto. -  La presente ordenanza tiene como objeto regular y fortalecer el ejercicio del derecho a la participación ciudadana a través de la articulación del Sistema de Participación Ciudadana del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca con un enfoque sistémico e integral, que organice y coordine todas las instancias, espacios, mecanismos, procesos y niveles de participación en la gestión pública del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, sus empresas públicas y entidades adscritas.

    Artículo 4.- Principios. -   La presente ordenanza se regirá por los siguientes principios:

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    2. Igualdad. Toda la ciudadanía colectivos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y montubio, y demás formas de organización lícita, en el marco de esta Ordenanza podrán participar en igualdad de condiciones en la vida pública; incluyendo a las ecuatorianas y los ecuatorianos que residen en el exterior. Todos gozarán de los mismos derechos y oportunidades, sean estos individuales o colectivos.

    3. +
    4. Interculturalidad. - El ejercicio de la participación ciudadana será respetuoso e incluyente de las diversas identidades culturales y promoverá el diálogo y la interacción de las visiones y saberes de las diferentes culturas presentes en el cantón.

    5. +
    6. Autonomía. – Se respetará la independencia política y autodeterminación de la ciudadanía y las organizaciones sociales para participar en los asuntos de interés público del Cantón.

    7. +
    8. Deliberación pública. – Se garantizará el intercambio público y razonado de argumentos, así como, la interacción de las relaciones y los conflictos entre la sociedad y el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, como base de la participación ciudadana.

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    10. Respeto a la diferencia.- Se reconocerá el derecho a participar por igual en los asuntos públicos, sin discriminación alguna fundamentada en la etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socioeconómica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física, ni por cualquier otra distinción personal o colectiva, temporal o permanente, o de cualquier otra índole.

    11. +
    12. Respeto a la naturaleza. – Se reconoce a la naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia, mantenimiento y la regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.

    13. +
    14. Paridad de género. – Se adoptarán medidas que promuevan la participación real, equitativa y proporcional de las mujeres y los hombres en las instancias, espacios, mecanismos y procedimientos que cuenten con representación, de acuerdo con las disposiciones que estén establecidas en las normas que los regulen.   

    15. +
    16. Responsabilidad. – La ciudadanía, de manera individual o colectiva

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    18. en la búsqueda de una convivencia ciudadana orientada a la construcción del interés colectivo y el bien común actuarán con ética y en apego al marco jurídico vigente.

    19. +
    20. Corresponsabilidad Ciudadana. - La ciudadanía, las organizaciones de la sociedad civil y el Estado, en sus distintos niveles de gobierno, compartirán de manera activa, equitativa y complementaria la responsabilidad en la gestión de los asuntos públicos, en función del interés colectivo, la democracia participativa y el desarrollo sostenible.

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    22. Información y transparencia. – Se garantizará el libre acceso de la ciudadanía a la información pública, de conformidad con la Constitución y la ley.

    23. +
    24. Libertad de expresión. – Se generarán condiciones para que todas las personas con respeto, responsabilidad, ética pública y sin censura previa, expresen de manera libre y voluntaria su pensamiento y expresiones; así como, la difusión de opiniones, ideologías políticas, sistemas de ideas y principios diversos;

    25. +
    26. Pluralismo.- Se respetará y valorará la participación equitativa de todas las personas y colectivos, promoviendo la inclusión y evitando cualquier forma de discriminación o imposición de una sola visión política, cultural, religiosa o ideológica.

    27. +
    28. Solidaridad. Se impulsarán acciones orientadas a fomentar las relaciones de cooperación y ayuda mutua entre todas las personas, instituciones y organizaciones.

    29. +
    30. Solución pacífica de conflictos.- El Sistema de Participación Ciudadana del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, se orientará a la prevención, gestión y resolución pacífica de controversias mediante el diálogo, la concertación y el consenso, promoviendo el uso de mecanismos alternativos de solución de conflictos en las materias e instancias que lo permitan, con el fin de alcanzar acuerdos equitativos.

    31. +
    32. Progresividad y no regresión de la participación ciudadana. - El ejercicio de la participación ciudadana en el cantón Cuenca se regirá por los principios de progresividad y no regresión, garantizando la expansión, fortalecimiento y mejora continua de las instancias, mecanismos y espacios participativos del sistema.

    33. +
    34. Simplicidad administrativa.- El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, garantizará que, todas las instancias, procesos, mecanismos y espacios; así como, la gestión y la promoción de la participación ciudadana, se desarrollen de manera ágil, clara y accesible, reduciendo requisitos innecesarios y promoviendo el uso de medios digitales y formularios simplificados.

    35. +
    36. Sostenibilidad territorial. Toda decisión pública y ciudadana se orientará hacia articular los aspectos ambientales, sociales, culturales, económico-productivo, político-institucional e infraestructura del territorio, garantizando que las instancias de participación promuevan resiliencia local, cohesión social y justicia ecológica mediante una gestión corresponsable y sostenible del desarrollo cantonal.

    37. +
    38. Innovación social y tecnológica.  Se impulsará la democracia local innovadora, abierta y colaborativa, promoviendo la co-creación ciudadana, el uso de plataformas digitales y la transparencia de datos a fin de fortalecer la gobernanza participativa.

    39. +
    40. Participación Efectiva. Se reconocerá a la ciudadanía como sujeto activo del poder público, capaz de influir en la agenda, formulación y evaluación de políticas públicas, a través de la participación crítica, propositiva y articulada, orientada a consolidar una gobernanza democrática y efectiva en el cantón Cuenca.

    41. +
    42. Principio de Accesibilidad.- Se garantizará que todas las personas, de manera individual o colectiva, ejerzan plenamente su derecho a la participación ciudadana en condiciones de igualdad, sin discriminación y sin barreras físicas, comunicacionales, tecnológicas, culturales o cognitivas que limiten o impidan su intervención efectiva en los procesos promovidos por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca

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      Capítulo II

      DEL ROL, DERECHOS, RESPONSABILIDADES Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA

      Artículo 5.- Rol de la ciudadanía. - La ciudadanía tiene un rol protagónico dentro del ciclo de la política pública y otros asuntos de interés público. En el ejercicio de su derecho a la participación y representación, la ciudadanía intervendrá en los asuntos relacionados con la gestión del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, conforme a lo establecido en la Constitución de la República, leyes nacionales, la presente Ordenanza, y demás instrumentos jurídicos aplicables, desempeñando los siguientes roles:

      1. +
      2. Proponente o copartícipe, aportando de manera corresponsable y planificada en la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas y acciones institucionales;

      3. +
      4. Consultivo, brindando opiniones, criterios y observaciones técnicas o sociales que orienten y nutran los procesos de toma de decisiones públicas;

      5. +
      6. Vinculante, ejerciendo de manera simultánea los mecanismos de democracia representativa, directa y participativa con capacidad decisoria, en los términos definidos por la normativa vigente.

      7. +

        La participación y representación ciudadana se manifestará, de forma general, con la intervención activa en los espacios y mecanismos definidos para la toma de decisiones, la construcción y evaluación de políticas públicas; la expresión de criterios a través de consultas públicas; la utilización de manera simultánea los mecanismos de democracia representativa, directa, participación virtual, el control ciudadano sobre la gestión de las autoridades electas y designadas, así como en el acceso a la información pública y los procesos de rendición de cuentas.

        Artículo 6.- Derechos de la ciudadanía. –  Son derechos de las ciudadanas y ciudadanos, para el ejercicio de la participación ciudadana, la representación y el control social dentro de la gestión del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, además de los establecidos en la Constitución de la República, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), y la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, los siguientes:

         

        1. +
        2. Derecho a participar en la toma de decisiones, planificación y gestión de la política pública: Toda persona tiene derecho a intervenir, individual o colectivamente, ya sea de forma directa o a través de sus representantes en la toma de decisiones, planificación y gestión de la política pública del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca mediante los espacios y mecanismos para la participación ciudadana y deliberación social consagrados en la Constitución de la República del Ecuador, en las leyes de la materia y en lo dispuesto en esta y demás ordenanzas vigentes.

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        4. Derecho a una participación inclusiva y sin discriminación: Todas las personas tienen derecho a participar en los espacios para la participación ciudadana y deliberación social en igualdad de condiciones, sin discriminación por razón de género, edad, etnia, orientación sexual, condición socioeconómica, discapacidad, creencias o cualquier otra condición.

        5. +
        6. Derecho al acceso a la información pública: Toda persona puede acceder libremente a información de interés público, como mecanismo de transparencia, control y rendición de cuentas, solicitar y recibir información sobre los diferentes aspectos de la gestión municipal de acuerdo con lo que establece la Constitución, la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública y las ordenanzas vigentes;

        7. +
        8. Derecho al control social: La ciudadanía tiene el derecho de fiscalizar, de manera individual o colectiva, dar seguimiento y evaluar la gestión de las autoridades y servidores públicos, así como el uso de los recursos públicos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, conforme a la normativa vigente;

        9. +
        10. Derecho al seguimiento y evaluación de la política pública: La ciudadanía tiene derecho a participar en el monitoreo, evaluación y mejora continua de la política pública mediante los espacios y mecanismos de participación ciudadana del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, proponiendo ajustes y reformas que mejoren su eficacia, cobertura y pertinencia.

        11. +
        12. Derecho a ser consultado: Las autoridades están obligadas a consultar a la ciudadanía en la toma de decisiones que puedan afectar sus derechos o intereses colectivos, a través de mecanismos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, la presente ordenanza y otras normas vigentes.

        13. +
        14. Derecho a presentar iniciativas y propuestas: La ciudadanía puede presentar proyectos normativos, iniciativas ciudadanas y propuestas de políticas públicas a nivel local, en el marco de lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador y las leyes de la materia.

        15. +
        16. Derecho al reconocimiento de las organizaciones ciudadanas: Todas las organizaciones sociales, barriales, juveniles, de mujeres, personas con discapacidad y demás colectivos ciudadanos, acreditadas y/o reconocidas, conforme lo establece la ley y la presente Ordenanza podrán ser parte de los procesos participativos de la gestión del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca para intervenir formalmente en los espacios deliberativos y de toma de decisiones del nivel local.

        17. +
        18. Derecho a formación ciudadana: La ciudadanía tienen derecho a recibir y/o solicitar capacitación en la promoción y ejercicio de la participación ciudadana y control social, con énfasis en la participación local.

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        20. Derechos a la Protección de datos personales. – La ciudadanía tienen derecho a que sus datos personales, incluyendo aquellos de carácter sensible, sean protegidos. La recolección, uso, almacenamiento y tratamiento de datos personales deberá realizarse con su consentimiento previo, libre e informado, y únicamente para los fines específicos para los cuales fueron recabados. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cuenca garantizará que este tratamiento se realice conforme a los principios establecidos en la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Asimismo, se reconoce el derecho de la ciudadanía  a acceder, rectificar, actualizar, eliminar, oponerse y portar sus datos personales, mediante mecanismos accesibles y eficientes.

        21. +

          Artículo 7.- Responsabilidades ciudadanas. - Son responsabilidades constitucionales que orientan la participación ciudadana a todo nivel y que las personas tienen frente a la sociedad, al Estado y a la naturaleza, para una participación activa, ética y solidaria; son las siguientes:

          1. +
          2. Participar de manera informada, individual o colectiva y sin hacer proselitismo político, en todas las instancias, espacios, mecanismos y procesos establecidos en la presente Ordenanza impulsando el bien común y el interés colectivo sobre el individual;

          3. +
          4. Asumir los diferentes roles de representación con probidad y compromiso, enmarcada en el cumplimiento de la Constitución, las leyes y las decisiones legítimas de autoridad competente;

          5. +
          6. Mantener una actuación crítica, autocrítica, propositiva enmarcada en la ética pública; el respeto, la responsabilidad democrática y la transparencia;

          7. +
          8. Impulsar el respeto a la institucionalidad cantonal, los bienes públicos, el patrimonio natural y cultural;

          9. +
          10. Ejercer el control social con responsabilidad y apego a la ley;

          11. +
          12. Hacer uso debido de las instancias, espacios y mecanismos de participación, respetando el debido proceso y las regulaciones establecidas en la presente Ordenanza;

          13. +
          14. Rendir cuentas periódicamente cuando se asumen roles de representación ante las personas, organizaciones o colectivos representados;

          15. +
          16. Promover y fortalecer la organización social, incentivando la participación activa de la ciudadanía en los diferentes procesos y momentos establecidos;

          17. +
          18. La ciudadanía de manera individual o colectiva en todos los procesos participativos asumirá además, todas las responsabilidades y deberes derivados de los cuerpos normativos sobre participación;

          19. +
          20. Asistir a las convocatorias a las socializaciones generales y/o específicas;

          21. +
          22. Actuar dentro de todas las instancias de participación con respeto a los conciudadanos, servidores, funcionarios públicos y autoridades asistentes.

          23. +

            Artículo 8.- Corresponsabilidad Ciudadana. – La corresponsabilidad ciudadana implica el derecho y el deber que toda la ciudadanía tienen de participar e involucrarse de forma propositiva, informada, responsable y crítica en los procesos de toma de decisiones, formulación de políticas públicas, planificación, control social, rendición de cuentas y evaluación de la gestión pública, tanto a nivel local como nacional.

            Para el efecto, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca establece las condiciones institucionales, normativas y culturales que permitan el ejercicio efectivo del derecho a participar y exige a todas las partes actuar con transparencia, respeto, ética pública y sentido del interés y bien común.

            Artículo 9.- Corresponsabilidad en la Rendición de cuentas. – Es la obligación jurídica y ética de todas las personas, instituciones y autoridades públicas informar, justificar y responder sobre su gestión ante la ciudadanía, especialmente respecto al uso de recursos, cumplimiento de objetivos y toma de decisiones. 

            Corresponde a la ciudadanía ejercer su responsabilidad ética mediante una participación activa, informada, crítica y propositiva en los procesos de rendición de cuentas. Esto implica asistir a los espacios convocados, analizar la información presentada, y formular preguntas, observaciones y sugerencias orientadas a fortalecer la transparencia y la gestión pública, así como rendir cuentas de su accionar, cuando se asumen roles de representación

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