Ordenanza que regula el Proceso de Selección de Representantes de la Ciudadanía.
Proceso de socialización y retroalimentación ciudadana de la Ordenanza
DISPOSICIONES .
DISPOSICIÓN GENERAL
Artículo Único. -
El Directorio de Empresas Públicas, Comisiones u otras Instancias del GAD Municipal de Cuenca, a través de su secretaría o quien haga sus veces, notificará al Alcalde de Cuenca, con sesenta días de anticipación, la culminación de la designación de sus representantes ciudadanos y solicitará se proceda con los trámites respectivos para dar inicio al nuevo proceso de selección de representantes ciudadanos.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Artículo Único. –
Mediante esta Ordenanza se deroga la Ordenanza para el Proceso de Selección de Representantes de la ciudadanía a los Directorios de Empresas Públicas, Comisiones y otras Instancias Municipales emitida el 19 de julio del 2010 y su reforma del 4 de octubre del 2011, quedan además derogadas de forma total o parcial toda norma, disposición o resolución de igual o menor rango, que contraponga la presente ordenanza.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Artículo Único. –
Para efecto de la aplicación del artículo 31 de la presente ordenanza, se considerará como fecha de inicio el primero de enero del año siguiente a la aprobación de la misma, para lo cual el GAD Municipal del cantón Cuenca, las Empresas Públicas y Entidades Adscritas deberán incluir en su presupuesto la partida presupuestaria correspondiente.
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