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Cambios en "Título I - Participación Ciudadana"

Cuerpo (Castellano)

  • -
    Capítulo primero
    DE LAS GENERALIDADES

    Artículo 1.- Objeto.- La presente ordenanza tiene por objeto regular los procesos de selección y designación de representantes de la ciudadanía a los Directorios de las Empresas Públicas, Comisiones, Entidades Adscritas y otras instancias del Gobierno Autónomo Municipal del cantón Cuenca, que en lo posterior se lo denominará GAD Municipal de Cuenca, en donde se disponga y requiera de representantes de la ciudadanía.

    Artículo 2.- Principios.- En uso de los derechos de participación ciudadana, concedidos en la Constitución de la República del Ecuador, la presente ordenanza busca la aplicación de los derechos entorno a la igualdad y no discriminación ciudadana, para lo cual regirá los principios de: generalidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, participación y transparencia de la información, oportunidad, acción afirmativa, paridad de género, publicidad y equidad territorial.

    Artículo 3.- Responsabilidades.- Para una correcta ejecución del proceso de selección de representantes de la ciudadanía a los Directorios de Empresas Públicas, Comisiones, Entidades Adscritas y otras instancias del GAD Municipal de Cuenca, las y los servidores públicos designados como miembros de los distintos tribunales serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de la convocatoria, postulación, calificación e impugnación; y podrán ser administrativa, civil y penalmente responsables por las acciones u omisiones realizadas en el ejercicio de sus cargos.

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    Capítulo primero

    DE LAS GENERALIDADES.


    Artículo 1.- Objeto.- La presente ordenanza tiene por objeto regular los procesos de selección y designación de representantes de la ciudadanía a los Directorios de las Empresas Públicas, Comisiones, Entidades Adscritas y otras instancias del Gobierno Autónomo Municipal del cantón Cuenca, que en lo posterior se lo denominará GAD Municipal de Cuenca, en donde se disponga y requiera de representantes de la ciudadanía.

    Artículo 2.- Principios.- En uso de los derechos de participación ciudadana, concedidos en la Constitución de la República del Ecuador, la presente ordenanza busca la aplicación de los derechos entorno a la igualdad y no discriminación ciudadana, para lo cual regirá los principios de: generalidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, participación y transparencia de la información, oportunidad, acción afirmativa, paridad de género, publicidad y equidad territorial.

    Artículo 3.- Responsabilidades.- Para una correcta ejecución del proceso de selección de representantes de la ciudadanía a los Directorios de Empresas Públicas, Comisiones, Entidades Adscritas y otras instancias del GAD Municipal de Cuenca, las y los servidores públicos designados como miembros de los distintos tribunales serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de la convocatoria, postulación, calificación e impugnación; y podrán ser administrativa, civil y penalmente responsables por las acciones u omisiones realizadas en el ejercicio de sus cargos.

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