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    DISPOSICIONES TRANSITORIAS

    PRIMERA.- Conformación operativa. En un plazo máximo de noventa (90) días contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, la Mesa Técnica de Salud Mental del cantón Cuenca actualizará su estructura operativa, reglamento interno y plan de trabajo anual, conforme a las disposiciones establecidas en este instrumento normativo.

    SEGUNDA.- Plan Integral de Salud Mental. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, en coordinación con la Mesa Técnica, incorporará progresivamente el enfoque de salud mental en sus instrumentos de planificación institucional, programas y proyectos, conforme a sus competencias y disponibilidad presupuestaria, debiendo iniciar el proceso participativo de elaboración del Plan Integral de Salud Mental en un plazo máximo de ciento veinte (120) días desde la vigencia de esta Ordenanza.

    TERCERA.- Sistema de seguimiento e indicadores. En un plazo máximo de ciento veinte (120) días, la Mesa Técnica de Salud Mental del cantón Cuenca elaborará una propuesta de indicadores de seguimiento, monitoreo y evaluación para medir el cumplimiento de las acciones previstas en la presente Ordenanza.

    DISPOSICIÓN DEROGATORIA

    Deróguese toda disposición de igual o menor jerarquía que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza.

    DISPOSICIÓN FINAL

    La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Concejo Cantonal de Cuenca y su publicación conforme a la normativa municipal vigente, sin perjuicio de su difusión por los demás medios de comunicación disponibles.

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