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    El desarrollo de una ciudad no se mide únicamente por su infraestructura vial o por el crecimiento de su actividad económica, sino también por la fortaleza de su tejido social, la calidad de sus espacios públicos y la capacidad de sus comunidades para organizarse, deliberar y participar activamente en la gestión de los asuntos colectivos. En este contexto, las Casas Comunales y los Centros de Integración Comunitaria (CIC) constituyen equipamientos estratégicos para la vida barrial, al configurarse como espacios de encuentro, cohesión social, ejercicio de derechos y construcción de ciudadanía.

     Las Casas Comunales y CIC no son únicamente edificaciones destinadas a reuniones ocasionales; representan nodos territoriales de participación ciudadana, inclusión social y articulación comunitaria. En ellos convergen procesos de organización barrial, actividades culturales, educativas, recreativas y productivas, así como la ejecución de programas sociales impulsados por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal y otras instituciones del Estado. Su adecuada planificación, administración y mantenimiento resultan indispensables para garantizar el derecho constitucional a la participación ciudadana y al uso democrático del espacio público.

     La Constitución de la República del Ecuador y el marco legal vigente atribuyen a los gobiernos municipales la competencia de planificar el desarrollo cantonal, regular el uso del suelo y garantizar la provisión de equipamientos comunitarios adecuados. Asimismo, reconocen a los barrios y comunidades como espacios fundamentales de organización social y participación democrática. En este sentido, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca tiene la responsabilidad de promover políticas públicas que fortalezcan la infraestructura social, especialmente en aquellos sectores urbanos y rurales que presentan mayores brechas territoriales y déficits de equipamiento comunitario.

     El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca establece como uno de sus objetivos estratégicos la reducción de desigualdades territoriales y el fortalecimiento del tejido social, priorizando la dotación equitativa de infraestructura comunitaria. Sin embargo, los procesos de diagnóstico participativo, asambleas barriales y solicitudes ciudadanas evidencian que numerosos barrios y parroquias rurales carecen de Casas Comunales o cuentan con instalaciones precarias, sin una normativa clara que regule su uso, administración y sostenibilidad a largo plazo.

     La ausencia de un marco normativo específico ha generado, en algunos casos, vacíos administrativos, conflictos por el uso de los espacios, deterioro de la infraestructura y una limitada corresponsabilidad entre la municipalidad y las organizaciones comunitarias. Frente a esta realidad, se hace necesario establecer reglas claras que definan los principios, modalidades de gestión, mecanismos de participación, fuentes de financiamiento, responsabilidades institucionales y comunitarias, así como los procedimientos de control y sanción aplicables al uso indebido de estos equipamientos.

     La presente ordenanza tiene como finalidad crear un marco normativo integral que regule la creación, gestión, uso y mantenimiento de las Casas Comunales y Centros de Integración Comunitaria en el cantón Cuenca, bajo un modelo de cogestión que promueva la corresponsabilidad entre el Gobierno Municipal y los Consejos Barriales. Se busca garantizar que estos espacios mantengan su carácter público, comunitario, inclusivo y no lucrativo, priorizando el acceso equitativo de mujeres, jóvenes, personas adultas mayores y grupos en situación de vulnerabilidad.

     De esta manera, la ordenanza se constituye en una herramienta de política pública orientada a fortalecer la democracia local, fomentar la participación ciudadana efectiva y consolidar a las Casas Comunales y CIC como verdaderos centros de vida comunitaria, capaces de contribuir al desarrollo social, cultural y territorial del cantón Cuenca.

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