Cambios en "Título III - Calificación de Méritos"
Título (Castellano)
- +Título III - Calificación de Méritos
Cuerpo (Castellano)
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Capítulo Primero
DE LOS MÉRITOS
Artículo 17.- Calificación de méritos.- La calificación de los méritos se realizará por un total de 30 puntos en los ámbitos de formación, experiencia, conocimiento en temas relacionados al ámbito de aplicación, participación ciudadana y control social, de acuerdo a la siguiente tabla de puntuaciones:
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