Ordenanza del Sistema Cantonal de Reciclaje Inclusivo
Proceso de socialización y retroalimentación ciudadana de la Ordenanza
Principios que se aplicarán
Art. 5.- Principios.- En la implementación del sistema municipal de reciclaje inclusivo, la EMAC EP, reconocerá y aplicará los siguientes principios:
1. Dignidad de las y los recicladores de base.- Exige el reconocimiento y la garantía de la dignidad de las y los recicladores de base en la implementación del sistema municipal de reciclaje inclusivo y el trato digno por parte de las y los habitantes y transeúntes en el territorio del cantón.
2. Inclusión e integración.- El sistema municipal de reciclaje inclusivo constituye un mecanismo orientado a la integración social y económica plena y rentable de las y los recicladores de base en el reciclaje como parte del servicio público en la gestión integral e inclusiva de residuos sólidos no peligrosos e incluye la valoración, formalización, capacitación, financiamiento de proyectos, entre otros, en que se priorizará su participación, respetando su independencia y autonomía, sin relación de dependencia laboral.
3. Participación social.- Se reconoce la participación equitativa, solidaria e intercultural de las y los recicladoras de base, como sujetos de derechos y actores políticos para la formulación y toma de decisiones en la implementación del sistema municipal de reciclaje inclusivo, garantizando los principios y mecanismos de participación establecidos en la legislación nacional.
4. Equidad.- Orientar y redistribuir los recursos públicos necesarios para compensar las inequidades históricas del sector reciclador, garantizando su inclusión plena en igualdad de oportunidades.
5. Protección de la naturaleza y la salud pública.- Se reconoce el trabajo de reciclaje realizado por las y los recicladores de base como actividad protectora de los derechos de la naturaleza, del ambiente sano y de la salud pública, sin relación de dependencia laboral.
6. Transparencia.- Se garantiza mantener información permanente, accesible, y transparente sobre la gestión del sistema municipal de reciclaje inclusivo y la trazabilidad de estos residuos, a fin de garantizar los derechos de las y los recicladores de base y la valorización de su trabajo como parte del servicio público en la gestión integral e inclusiva de residuos sólidos no peligrosos, sin relación de dependencia laboral.
7. Sostenibilidad.- Desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones a satisfacer sus propias necesidades.
8. Unidad Jurídica.- Esta ordenanza regula como única materia el sistema de reciclaje inclusivo en el cantón Cuenca.
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