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Ordenanza del Sistema Cantonal de Reciclaje Inclusivo

Proceso de socialización y retroalimentación ciudadana de la Ordenanza

Fase 4 de 4
Devolución ciudadana respecto a la propuesta de ordenanza 17/7/2025 - 31/7/2025
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Obligaciones de las personas naturales, peronas jurídicas y recicladores.

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16/07/2025 19:24  

Art. 29.- Obligaciones de las personas naturales y jurídicas ante el sistema municipal de reciclaje inclusivo.- Las y los habitantes y transeúntes del cantón, incluyendo los grandes generadores, las personas naturales y jurídicas del cantón cumplirán las siguientes obligaciones:

1.    Reconocer y respetar a las y los recicladores de base y a sus actividades y denunciar ante las autoridades competentes cualquier vulneración de sus derechos.

2.    Separar y limpiar en la fuente los residuos sólidos no peligrosos domiciliarios o comerciales, identificar y entregar los materiales reciclables al reciclador de base autorizado por EMAC EP, que opere en su área de influencia, cumpliendo horarios y frecuencias establecidas.

 3.    Los grandes generadores de residuos sólidos no peligrosos deben realizar la correcta separación y limpieza de sus residuos en la fuente, priorizando la entrega de los residuos reciclables a las y los recicladores de base, para contribuir con sus actividades.

Art. 30.- Obligaciones de las y los recicladores de base.- Son obligaciones de las y los recicladores de base, ante el sistema municipal de reciclaje inclusivo con sus actividades de reciclaje como parte del servicio público en la gestión integral e inclusiva de residuos sólidos no peligrosos, las siguientes:

1.    Durante el desarrollo de las actividades de reciclaje y en las zonas y rutas exclusivas de trabajo, no deberán estar acompañados por niños, niñas o adolescentes.

2.    Respetar las zonas, frecuencias y horarios exclusivos de recolección de materiales reciclables establecidos en el Plan municipal de reciclaje inclusivo, salvo situaciones excepcionales justificadas.

3.    Entregar los registros de pesos de material reciclable recuperado a EMAC EP, de manera mensual, salvo situaciones excepcionales justificadas.

4.    Utilizar durante las actividades de reciclaje la ropa de trabajo e implementos de seguridad y el respectivo carnet que autoriza las actividades de recolección.

5.    Asistir a los cursos de capacitación planificados por EMAC EP.

6.    Cumplir adecuadamente cada actividad de reciclaje como parte del servicio público en la gestión integral e inclusiva de residuos sólidos no peligrosos, sin relación de dependencia laboral que está establecida en el Plan municipal de reciclaje inclusivo.


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Referencia: GADCUENCA-PROP-2025-07-5718
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